Absolución de delito de estafa al no existir engaño sino descuido de quien contrataba

TS Sala 2ª, sentencia de 30 marzo 2010 QJ 2010/62035 
Se estiman los recursos de casación interpuestos por los acusados contra sentencia que les condenó por un delito continuado de estafa. El TS dicta segunda sentencia por la que absuelve a los recurrentes del expresado delito, pues queda acreditado que no diseñaron ni realizaron un engaño idóneo en términos objetivos capaz de inducir a engaño sobre el documento que firmaban los perjudicados, ni tampoco se acredita que dicho engaño fuese idóneo subjetivamente, pues nadie puede afirmarlo cuando acude -como se acudió- con la documentación ya citada, y se firmó el contrato y la letra en blanco, sin leer, y sin saber lo que se firmaba. Quien obra con tal ligereza no puede solicitar la protección del sistema de justicia penal.

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