Falta de legitimación al no ser la única propietaria del predio dominante en el contrato de servidumbre voluntaria

Sentencia del TS de 22 de febrero de 2010 QJ 2010/12423 
El TS declara no haber lugar al rec. por infracción procesal confirmando la sentencia impugnada que desestimó la demanda por considerar que la actora no estaba legitimada para el ejercicio de la acción deducida en la demanda por falta de disponibilidad sobre el objeto pretendido, lo que determinó que la AP no entrara a resolver sobre las cuestiones de fondo referidas al incumplimiento del contrato de servidumbre voluntaria de paso y a su resolución, dado que no es la titular única del predio dominante compartiendo la titularidad con otros propietarios de plazas de garaje a los que la actora se las ha vendido. Por otra parte, la Sala declara que el rec. de casación interpuesto en el que se denuncia la vulneración de normas relativas al fondo del asunto, resulta superfluo, debido a que este recurso extraordinario procede contra la sentencia de segunda instancia y no respecto de la dictada por el juzgado, y la AP no se pronunció sobre el fondo de la cuestion litigiosa.

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