Cambio de puerta de acceso a vivienda no supone alteración de elementos comunes

EDJ 2004/237391Audiencia Provincial de Las Palmas, 10/12/2004,1, Pte: D. Julio Manrique de Lara Morales
Por la comunidad de propietarios demandante se recurre en apelación la sentencia de instancia, que desestima la demanda, pretendiendo se condene al copropietario demandado a cambiar la nueva puerta de entrada a su vivienda instalada, por alterar la configuración y armonía del resto del edificio en relación con las demás puertas de entrada a las demás viviendas. La Sala tras analizar las distintas obras que pueden realizar los copropietarios de una vivienda sita en un edificio sujeto a régimen de propiedad horizontal, desestima el recurso, señalando que la sustitución de la puerta antigua por otra nueva de mayor seguridad, supone una modificación de entidad menor, de carácter estético que no afecta al exterior, concluyendo que la mayor seguridad de la vivienda, amparada por el derecho fundamental a la inviolabilidad de la misma, ha de prevalecer sobre meras consideraciones estéticas.

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