En el primero de los casos, con la descripción de la vivienda, se incluirán los garajes y trasteros anejos. En el segundo caso, aparecerá la plaza de aparcamiento como una referencia catastral independiente. En el tercer caso, sólo hará una referencia catastral para todo el garaje con el total de metros cuadrados, sin incluir descripción alguna sobre el número de plazas.
La primera posibilidad que se ha mencionado, la plaza de garaje como anexo inseparable a la vivienda o local, es la que plantea más problemas debido a su condición de inseparable.
El que sea inseparable no significa que no pueda separarse, sino que previamente se debe proceder a la desvinculación.
Para que se produzca una desvinculación, en primer lugar hay que plantearlo al Presidente o al Administrador de la finca para que lo incluya en el orden del día de la próxima junta de propietarios. Como es un acuerdo que afecta a la configuración del título constitutivo de la comunidad, será necesaria la unanimidad total de los propietarios.
Si desea conocer los siguientes pasos, consulte con nuestros administradores de fincas en Zaragoza, podemos asesorarle.