Condena al Ayuntamiento a indemnizar por ruido de locales nocturnos

EDE: 2004/156540 Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Fecha 16/11/2004, Núm: 4143/2002

Condena el TEDH al Ayuntamiento de Valencia a indemnizar a la demandante por los ruidos que esta ha venido soportando durante años en su vivienda, situada en una zona de copas de dicha ciudad. Expone el Tribunal que el derecho reconocido en el Art 8 del Convenio Europea de derechos humanos, al respeto del domicilio no se limita a las violaciones físicas del mismo, sino que también debe extenderse a los ruidos, emisiones, olores u otras formas de intromisión, y manifiesta que la prohibición de injerencia de las Autoridades públicas recogida en el apartado 2 del citado Art. 8 implica también la adopción de medidas por parte de estas para asegurar el respeto a la vida privada frente a las violaciones de terceros, siendo este supuesto el del caso enjuiciado. Así pues aunque el Ayuntamiento denunciado adoptó medidas para garantizar el respeto a los derechos de la demandante, contribuyo también a la vulneración de los mismos al tolerar reiteradamente la desobediencia a las normas que el mismo había establecido. Por todo ello, en vista del volumen de ruido y su continuidad durante gran número de años, estima el Tribunal que se ha producido una seria violación del derecho de la demandante al respeto a su domicilio como consecuencia del fracaso de las autoridades competentes para dar una solución adecuada a los disturbios nocturnos

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