INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS

Se acerca el invierno y, con el frío, es necesario que las comunidades de vecinos tengan a punto sus instalaciones de calefacción. Por ello, conviene conocer la nueva normativa europea y española que, a través del Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), se ha preocupado de establecer las condiciones que deben cumplir las instalaciones destinadas a proporcionar calor y agua a los edificios, de forma que se consiga un uso racional de la energía.

Es importante saber que el RITE obliga a los edificios a realizar el mantenimiento de estas instalaciones con una frecuencia dependerá del tipo, la potencia y el uso de los equipos que se utilicen. Por norma general, este mantenimiento debe hacerse cada dos años con el objeto de verificar su correcto funcionamiento.

Estas revisiones no puede realizarlas cualquier empresa, sino que deben de llevarse a cabo por una empresa mantenedora habilitada al efecto. El RITE no fija un coste concreto para el mantenimiento, por lo que se recomiendo a las comunidades de vecinos que pidan varios presupuestos antes de firmar el contrato.

Los responsables de realizar el mantenimiento serán los propietarios o los arrendatarios, si así los estipulase el contrato de alquiler.

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